CONSEJO ESCOLAR

¿Qué es el Consejo Escolar?

El Consejo Escolar es el órgano de participación en el control y gestión del centro donde están representados todos los miembros de la comunidad educativa. Todas las personas de los diferentes sectores del CE son elegidas en un proceso democrático y en él se tratan y deciden aspectos muy importantes del funcionamiento del centro educativo. Es un espacio de encuentro, debate y consenso desde donde se comparten responsabilidades, metas y retos comunes de todas y todos los que formamos la comunidad educativa, donde podemos cooperar, involucrarnos e intervenir para la mejora del día a día del centro.

¿Cómo funciona el Consejo Escolar?

La presidencia del Consejo (Dirección) convoca las reuniones. Tiene que haber un mínimo de una reunión por trimestre fuera del horario escolar. Pueden realizarse convocatorias extraordinarias con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, cuando la naturaleza de los asuntos a tratar así lo requiera. No puede ser objeto de deliberación o acuerdo ningún asunto que no figure incluido en el orden del día, salvo que estén presentes todos los miembros y sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría. Las votaciones en el CE se hacen a mano alzada o en secreto, según se decida en la reunión.

Para que el Consejo sea operativo se existen unas comisiones, formadas por representas del CE, y por lo menos un representante de las familias y uno del profesorado. Las comisiones son:

  • Comisión permanente.
  • Comisión pedagógica.
  • Comisión de necesidades educativas especiales.
  • Comisión del comedor.
  • Comisión económica.

¿Qué hace el representante designado de la AMPA en las reuniones del CE?

Entre otra muchas cosas:

  • Acude a las reuniones y ejercemos el derecho al voto.
  • Revisa y valora las propuestas a tratar.
  • Solicita la inclusión de temas en el orden del día de las juntas.
  • Solicita y revisa que se publiquen las actas y acuerdos tomados.
  • Revisa que se cumplan los acuerdos tomados.

Con el fin dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 29.2 del Decreto 253/2019, de 29 de noviembre, del Consell, de regulación de la organización y el funcionamiento de los centros públicos que imparten enseñanzas de Educación Infantil o de Educación primaria cuyo tenor literal dice que “las personas representantes de los diferentes colectivos estarán a disposición de sus respectivos representados cuando estos los requieran, para informar de los asuntos que se tengan que tratar en el consejo escolar, para informarlos de los acuerdos tomados y para recoger las propuestas que deseen trasladar a este órgano de gobierno y participación.” Y atendiendo al punto 4 del meritado artículo en el cual se dispone que “De todas las decisiones que se tomen en las sesiones del consejo escolar, se informará a los diferentes sectores que estén representados (…) cada sector decidirá el procedimiento para informar a sus representados de la forma que estimen más adecuada para garantizar este objetivo.”
La AMPA informa que durante el presente curso 2022/2023 se informará a través de nuestra página web de los acuerdos que se tomen en el Consejo Escolar, órgano colegiado de gobierno a través del cual se garantiza la participación de los diferentes sectores que constituyen la comunidad educativa, tal y como lo define el artículo 24.1 del DECRETO 253/2019. En todo caso, la persona representante de la AMPA tiene el deber de confidencialidad de los asuntos relacionados con personas concretas y que puedan afectar al honor y a la intimidad de éstas (art 29.5) por lo que en el caso de haber de informar de estos casos, se hará de manera directa y confidencial a las personas o grupos afectados.

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